Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0315/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, alega la vulneración de su derecho a la libertad, denunciando que el 9 de enero de 2008, apersonado voluntariamente ante la policía a efectos de prestar su declaración informativa, fue aprehendido por orden fiscal emitida sin fundamentación, sin cumplir con los requisitos exigidos por ley y la inobservancia del plazo previsto por el art. 226 del CPP, para remitir actuados al control jurisdiccional. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- 1)
- a)
- I.2.3. Informe de la Actuaria del Juzgado de Instrucción de Viacha
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- ordenar la tutela
- III.3. El carácter subsidiario excepcional del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, en el supuesto de actuaciones ilegales fiscales en etapa preparatoria
- I.
- II.
- Fragmento 18
- IV.
- III.4. El caso en análisis
- APROBAR