SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Las recurrentes, ahora accionantes, alegan la violación de sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo y al comercio lícito previstos en los arts. 7 incs. a) y d) de la CPEabrg, por cuanto los personeros de la Aduana Nacional, Regional Santa Cruz y los efectivos policiales del COA, pese a que se realizó un operativo el 10 de julio de 2006, en el que la mercadería de su propiedad fue intervenida y secuestrada bajo el operativo denominado "Artefactos COARSCZ 121/06" por efectivos del COA de Santa Cruz, y la autoridad judicial determinó la devolución de la mercadería secuestrada, el 5 de octubre de 2006, cuando en cumplimiento de dicha orden sacaban su mercadería, en el momento en que abandonaban el recinto aduanero, agentes del COA interceptarón los vehículos en que transportaban su mercadería, procediendo a un nuevo secuestro con la sola intención de incumplir la orden judicial. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión, si se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y funcionarios recurridos, y petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- SC 0196/2010-R
- 1)
- 4)
- las accionantes fueron sujetas
- tenían expedita la vía administrativa acudiendo a las autoridades superiores de quienes ejecutaron el operativo, como también la vía jurisdiccional ante el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Santa Cruz
- no pueden considerarse los actos denunciados como medidas de hecho a sola invocación de parte, puesto que los mismos deben ser acreditados por quien solicita la tutela
- REVOCAR