SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0350/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0350/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

concedió

Por Resolución cursante de fs. 150 vta. a 153, el Tribunal de garantías concedió la tutela solicitada, declarando la procedencia del presente recurso de amparo constitucional con relación a los Vocales recurridos, disponiendo se deje sin efecto el Auto de Vista 231/2006, de 17 de mayo de 2006 y su Auto complementario de 5 de junio del año mismo año, disponiéndose que el Tribunal recurrido proceda a pronunciar nueva resolución en estricto apego a las normas procesales y a derecho, sin costas, multas, daños ni perjuicios; con los siguientes fundamentos: 1) En cuanto a la Institución recurrida no se encontró constancia alguna de vulneración de derechos de la recurrente; por ende, con relación a esta entidad, el recurso deberá declarase improcedente; 2) En cuanto al accionar procesal de los Vocales recurridos, la parte recurrente apeló la resolución del incidente de nulidad, recurso que contiene varios motivos señalados expresamente en el referido recurso, aspectos que no han sido objeto de resolución por parte de los Vocales de la sala recurrida, incumpliendo en forma flagrante con lo que manda y ordena el art.  236 del Código de Procedimiento Civil (CPC), pertinencia, ya que la sala recurrida ha pronunciado una resolución carente de motivación fáctica y jurídica.