SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0350/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0350/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

III.3.3.       Pertinencia del auto de vista o resolución de segunda instancia

En cuanto a la pertinencia entre el recurso de apelación, resolución apelada y lo resuelto en el auto de vista, es una condición esencial para asegurar a los justiciables que en la decisión de su recurso los superiores en grado tienen delimitado su campo de acción para emitir su Resolución, límite que se expresa precisamente en la fundamentación de agravios previsto por el art. 227 CPC, como por el contenido de lo resuelto en la sentencia apelada, marco del cual el tribunal de alzada no puede apartarse.