Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0354/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Por memorial presentado el 10 de noviembre de 2006, cursante de fs. 10 a 12, el recurrente, señala que el 26 de julio de 2006, solicitó al Pleno del Concejo Municipal de Santa Cruz, se le reciba en audiencia pública a objeto de exponer un caso que atinge al Municipio y a su familia, llenando el formulario respectivo, pedido que fue reiterado, después de dos meses de espera, el 3 de octubre de 2006, ante la falta de señalamiento de día y hora de audiencia pública, con el advertido de hacer uso de todos los recursos legales que la Constitución Política del Estado le franquea para precautelar y defender sus derechos, en caso de que se continúe ignorando su petición.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Respecto a la cesación de los efectos del acto reclamado
- III.4. Derechos constitucionales cuya infracción se denuncia
- tiene que comprender y
- la comunicación al peticionario.
- APROBAR