Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0354/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.4.
II.4. Por nota de 17 de noviembre de 2006, la Concejala Secretaria del Concejo Municipal de Santa Cruz, Silvia Álvarez de Lima Fernández, comunica al recurrente que su solicitud de audiencia pública será atendida por el Concejo Municipal el día martes 21 de noviembre, a horas 9:30, en las instalaciones del Cementerio General, (fs. 15).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Respecto a la cesación de los efectos del acto reclamado
- III.4. Derechos constitucionales cuya infracción se denuncia
- tiene que comprender y
- la comunicación al peticionario.
- APROBAR