Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0354/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.3.
II.3. Del acta 068/2006 de sesión ordinaria del Concejo Municipal de 31 de julio de 2006, se evidencia que el memorial presentado por el recurrente fue considerado, disponiéndose que por secretaría se tenga presente para audiencia pública y la remisión al Ejecutivo para que informe respecto al caso en referencia y de la relación de correspondencia considerara en la sesión 104 de 6 de noviembre de 2006, se tiene que la segunda solicitud del recurrente también fue considerada disponiéndose que por secretaria se tenga presente para audiencia, (fs. 14, 16 a 42).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- a)
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- "accionante"
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Respecto a la cesación de los efectos del acto reclamado
- III.4. Derechos constitucionales cuya infracción se denuncia
- tiene que comprender y
- la comunicación al peticionario.
- APROBAR