Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0361/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.5.
II.5. Cursa nota marginal, que literalmente expresa: "Proveyó material para resolución el abogado de la parte imputada que firma en fecha 26-01-08" (sic), suscrito por el Secretario del Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal cautelar y por el abogado, bajo cuya rúbrica consta la fecha 26 de enero de 2008, horas 17:25 (fs. 17 vta.).
- recurso de hábeas corpus, ahora
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Sobre el principio de gratuidad en la administración de justicia
- III.5. Análisis del caso en concreto
- APROBAR