SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0386/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0386/2010-R

Fecha: 22-Jun-2010

concedió

Concluida la audiencia, la Sala Civil, Familiar y Comercial Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro constituída en Tribunal de garantías pronunció la Resolución 011/2006 de 16 de noviembre, cursante de fs. 69 a 73 vta., que concedió el recurso, disponiendo que la Jefatura de Defensa del Consumidor de la Honorable Alcaldía Municipal de Oruro, proceda en el día a la desclausura y reubicación de las casetas a su sitio original, sea con costas y responsabilidad, bajo los siguientes fundamentos: i) Las recurrentes contaban con autorización municipal provisional de funcionamiento de casetas en el rubro de pastillas, rellenos, refrescos de copa y otros, pero el 27 de octubre de 2006, sin mediar notificación previa de alguna resolución emanada de la Jefatura de la Defensa del Consumidor se procedió a la clausura y posterior traslado de sus casetas, pese a que pagaron una multa por la supuesta infracción, manteniéndose hasta la fecha las casetas clausuradas y en lugar en el que no estaban originalmente; ii) Es evidente que los bienes de dominio público corresponden al Gobierno Municipal, que tiene competencia para autorizar la ocupación de espacios y vías públicas, con facultad para adoptar medidas administrativas en procura de una adecuada utilización del espacio público para el ejercicio de una actividad comercial lícita, pero no es menos cierto que también puede privar, limitar o restringir el desarrollo de otras actividades para las que se concedió una licencia; empero ello no puede hacerse discrecionalmente, tiene que provenir de un trámite sustanciado de acuerdo a normas municipales y que culmine con la emisión de una resolución administrativa, que en la especie no existe; y, iii) Las recurrentes soportan por largo tiempo la privación de su actividad de trabajo cotidiano con la clausura de sus casetas, lo que constituye vulneración del derecho al trabajo.