Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0387/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
Fragmento 18
Conforme a los antecedentes procesales cursantes en obrados, se puede constatar que la presente acción tutelar fue interpuesta por los ahora accionantes, cuestionando la ilegalidad no solo de su detención, sino por una parte el procedimiento indebido del Fiscal, así como cuestionando la omisión del Juez cautelar de Minero, quien no obstante de admitir el recurso de apelación que plantearon contra el rechazo de la cesación de su detención preventiva, no remitió en forma oportuna hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, los antecedentes al Tribunal de alzada; debiendo por ello pronunciarse sobre cada una de las situaciones denunciadas:
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Juez de Instrucción Mixto de Minero
- Fiscal de Materia de Santa Cruz,
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional de la ahora acción de libertad
- Fragmento 15
- Remisión oportuna del recurso de apelación sobre cesación de detención preventiva
- Hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, vinculado a la celeridad en las actuaciones procesales
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Actuación de la autoridad jurisdiccional
- POR TANTO
- 1º APROBAR en parte