SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0387/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II.1.
II.1. Funcionarios policiales del Comando de Frontera Policial de San Ignacio de Velasco, a horas 12:30, aproximadamente del día 28 de enero de 2007, detuvieron a José Luis Neves Alvis, Flavio Rocha Venices y Michel Douglas Viegas de Pinho, al ser sorprendidos en una vagoneta conducida contra ruta, portando dos de sus ocupantes armas de fuego reglamentarias, procediendo uno de ellos a disparar contra los policías, consecuentemente siendo conducidos a dicho Comando policial, donde prestaron sus declaraciones informativas, las cuales, motivaron que el mismo día a horas 01:10, se proceda a la detención de Jorge Adriano Santana Campos y Walas Medeiros, en el hotel Guapomó de San Ignacio de Velasco, quienes fueron trasladados al Comando de Frontera Policial (fs. 4 a 5).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Juez de Instrucción Mixto de Minero
- Fiscal de Materia de Santa Cruz,
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- III.3. Subsidiaridad excepcional de la ahora acción de libertad
- Fragmento 15
- Remisión oportuna del recurso de apelación sobre cesación de detención preventiva
- Hábeas corpus traslativo o de pronto despacho, vinculado a la celeridad en las actuaciones procesales
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Actuación de la autoridad jurisdiccional
- POR TANTO
- 1º APROBAR en parte