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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0389/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0389/2010-R

    Fecha: 22-Jun-2010

    2º DENEGAR

    2º DENEGAR la tutela solicitada, con la modificación de que el Juez de garantías remita antecedentes al Colegio de Abogados de La Paz, al evidenciarse temeridad e irresponsabilidad en la actuación del abogado recurrente, ahora accionante, Julio Carrilo Cáceres, imponiéndose además a éste una multa de Bs1 000.- (un mil bolivianos),  por su conducta inidónea.

    • recurso de
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • 1)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • ordenar la tutela
    • III.3.
    • Fragmento 15
    • esa permisión no implica el desconocimiento de la voluntad del agraviado
    • Fragmento 17
    • III.4. El caso en análisis
    • 2º DENEGAR

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