Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0394/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
Fragmento 3
Alega que, en cumplimiento a la normativa citada, el recurrente se apersonó ante el Juzgado Primero de Partido del Trabajo y Seguridad Social, el 4 de septiembre de 2007, dentro del proceso seguido por Windsor Bustamante Arias contra la mencionada entidad, estando el referido proceso en ejecución de sentencia, librando la Jueza de Partido del Trabajo y Seguridad Social mandamiento de apremio, sin revisar los alcances de la Ley 3506 y su Decreto Reglamentario que rige el proceso de liquidación; toda vez que, dicha ley en su art. 3.2 y su Reglamento señalan que: "Los pasivos del ex Servicio Nacional de Caminos, previa auditoria, serán asumidos por el Servicio Nacional de Caminos en Liquidación".
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- improcedente
- Fragmento 9
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- REVOCAR