SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0394/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 93 de la LTC, en revisión, resuelve REVOCAR la Resolución 02/08 de 15 de febrero de 2008, cursante de fs. 92 a 93 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; y, en consecuencia CONCEDE la tutela solicitada, dejando sin efecto el mandamiento de apremio, debiendo otorgarse un plazo prudencial para la elaboración de las auditorias; y, en caso de incumplimiento, se proceda recién a librar dicha orden.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- improcedente
- Fragmento 9
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- REVOCAR