Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la libertad de asociación y de la garantía al debido proceso, por cuanto fue desconocido sin previo proceso, como Presidente de ASOSUR La Paz, y finalmente, la asamblea procedió a expulsarlo de la asociación, violándose todas las disposiciones de la institución y sin la presencia del tribunal de honor. En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Sobre la personería del recurrente
- III.4. Del recurso de amparo constitucional contra particulares
- III.5. Sobre el debido proceso y libertad de asociación
- III.6. Análisis del caso
- APROBAR