SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0405/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

procedente

La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Resolución 87/2006 de 30 de noviembre, cursante de fs. 116 a 117 vta., por la que declaró procedente el recurso, disponiendo la restitución de los derechos del recurrente en su condición de Presidente de ASOSUR de La Paz y paralelamente dejar sin efecto las Resoluciones de las asambleas extraordinarias de destitución y desconocimiento a su posición de Presidente electo, con entrega de las oficinas bajo inventario de la documentación, cuentas bancarias, bajo los siguientes argumentos: i) De acuerdo a la prueba documental, se acreditó la legitimación pasiva y activa; ii) El derecho a la asociación, está regido constitucionalmente e internamente por sus estatutos; y en el caso presente se evidencia que el recurrente convocó a asamblea extraordinaria para el 11 de octubre de 2006, y paralelamente los recurridos convocaron otra para el 9 del indicado mes y año; y cuando el recurrente asiste a la que fue convocada recibió la noticia de que ya no era Presidente por voluntad de treinta socios; iii) Conforme informan los datos procesales no se le permitió intervenir al recurrente en la asamblea del 11 de octubre del referido año, desconociendo su condición de Presidente según el art. 21 del Estatuto; y, iv) En cuanto a que deberían recurrir al tribunal de honor, de las manifestaciones de los propios recurridos, se establece que el mismo no se llegó a constituir por lo que no tenía otra vía.