SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0406/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0406/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

Fragmento 6

José Grover Saldías Sandoval en representación de María Elena Porras de Guzmán refirió que: i) Los argumentos de la parte recurrida son suficientes para declarar improcedente el recurso; ii) En el documento de préstamo se señala un domicilio el cual tiene plena validez para todos los actuados procesales; y, iii) El proceso coactivo data del año 2000, demostrando que no tiene intensión de pagar la obligación contraída, lo que demuestra los antecedentes del proceso.