SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0416/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.2.
II.2. El 9 de noviembre de 2006, de acuerdo con el acta de inventario y verificación levantada por el Notario de Fe Pública, Héctor Julio Martínez Barrios, en presencia del Asesor Jurídico de la Universidad y testigos, que manifestaron que los destrozos fueron ocasionados por estudiantes universitarios dirigidos por Hugo García Méndez, se constató entre otros aspectos, estar cerrada la puerta de ingreso del edificio de la Universidad, misma que estaba destrozada y con la chapa fuera de lugar, vidrios rotos de la puerta con chapa violentada del despacho rectoral, así como en el pasillo en el que además se encontró piedras; aula de la carrera de lingüística, contigua al salón del Consejo Universitario con la chapa violentada, entre otros (fs. 41 y vta.).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- procedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- APROBAR