Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0424/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003, de 13 de febrero, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc.8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución 13/2006 de 8 de diciembre, cursante de fs. 174 a 177, pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Tarija; y en consecuencia DENEGAR la tutela solicitada, sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público
- denegando
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso.
- Fragmento 17
- III.3. Análisis del caso de autos
- APROBAR