SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0424/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0424/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

I.2.4. Intervención del representante del Ministerio Público

El Fiscal señala que el Juez de la causa cumplió a cabalidad con los términos de procedimiento, correspondiendo a las partes observar las irregularidades que invocan, y finaliza manifestando que no hay nulidad si la Ley no lo dice expresamente  y que en este caso no establece que esa omisión de poder sea causal de nulidad; el presente recurso no es sustitutivo de otros por lo que es improcedente para corregir las omisiones del juicio ejecutivo.