SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0438/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
3)
3) Posteriormente se hizo conocer al encargado de la carceleta de la Corte Superior de Justicia que existía contra los imputados una resolución de detención preventiva y el correspondiente mandamiento, sin embargo no se entregó una copia del mismo por cuanto estaba dirigido al Director de la cárcel Pública de San Pedro, dejando por ello solamente la orden de custodia. Por otro lado, librado el mandamiento de detención preventiva, se encargó al oficial de diligencias su ejecución, empero se le informó que no podía materializar el mismo por ser insuficiente la firma del juez y actuario siendo necesario que lleve la firma del juez de ejecución penal para que el Director del Penal reciba a los detenidos, constituyendo esa la razón para la demora en la remisión de los imputados y detenidos al penal de San Pedro.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- PROCEDENTE
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 17
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre las condiciones de validez para la restricción de la libertad física
- Fragmento 21
- III.4.
- según las formas