SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0438/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
según las formas
Conviene recordar que el art. 23 de la CPE dispone claramente que el derecho a la libertad sólo puede ser restringido en los límites señalados por ley (fundamentos jurídicos III.3) con el objeto de asegurar el descubrimiento de la verdad histórica en la actuación de las instancias jurisdiccionales, lo que significa que nadie puede ser detenido, arrestado ni puesto en prisión, sino en los casos y según las formas establecidas por ley, requiriéndose para la ejecución del respectivo mandamiento que éste emane de autoridad competente y sea intimado por escrito; concordante con dicho precepto constitucional, la norma contenida en el art. 128 del CPP dispone que todo mandamiento será por escrito, detallando asimismo la citada norma los elementos que debe contener el mandamiento, para luego en el art. 129 del mismo Código señalarse los clases de mandamientos que el Juez puede expedir, entre ellos, el de detención preventiva.
En síntesis, en el presente caso, si bien existió un mandamiento de detención preventiva librado inicialmente por el Juez recurrido, empero, con argumentos que no tienen sustento jurídico alguno, dicho mandamiento no fue ejecutado, y más bien se libró una orden de “custodio” inexistente en nuestra economía procesal, no obstante a que las normas constitucionales y procesales penales señalan que debe existir una intimación por escrito, y claro está, que tal determinación obligadamente debe emanar de autoridad competente.
Ahora bien, es necesario aclarar que en el presente recurso, ahora acción, no se cuestiona ni se analiza la legalidad o ilegalidad de la medida cautelar dispuesta por la autoridad judicial, sino simplemente el tiempo en que los recurrentes estuvieron privados de libertad sin tener como base un mandamiento de detención preventiva; en consecuencia, no es posible determinar la libertad de los accionantes, como lo solicitan en el memorial del recurso.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- PROCEDENTE
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 17
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre las condiciones de validez para la restricción de la libertad física
- Fragmento 21
- III.4.
- según las formas