Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0438/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.7.
II.7. El policía del servicio de seguridad de la carceleta cursó una certificación el 13 de febrero de 2008, expresando que los recurrentes ingresaron el 9 de febrero a horas 21:20 dejando una orden de custodia. Posteriormente se realizó la audiencia de medidas cautelares sin embargo no se le entregó ningún mandamiento de detención preventiva, indicándosele que el mismo estaba en poder del oficial de diligencias, teniendo conocimiento que los mismos fueron entregados el día martes 12 de febrero a horas 13:00 (fs. 20).
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- PROCEDENTE
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 17
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre las condiciones de validez para la restricción de la libertad física
- Fragmento 21
- III.4.
- según las formas