Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0457/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
II.9.
II.9. El 8 de marzo de 2006, por medio del Auto 158, la Sala Civil Primera, en función a que la Sala Civil Segunda no tomó en cuenta que el nuevo sorteo de causas le asigna competencia para conocer el trámite del recurso de alzada, ordenó la remisión de obrados a la Sala Civil Segunda (fs. 95). No consta en el formulario de notificación cursante a fs. 95 vta., notificación a Gabriela Pinto Montero con dicho Auto.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- Fragmento 17
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- III.3. El caso de autos
- Fragmento 21
- incidente de nulidad
- REVOCAR