SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0457/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
incidente de nulidad
En el caso de autos, se establece claramente que la accionante, jamás acudió en forma oportuna, ante los Vocales demandados, para denunciar la falta de notificaciones a través de un incidente de nulidad, mismo que resulta ser un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico y ante su no utilización, los Vocales demandados no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre ese asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa; en consecuencia, al no haber utilizado ni agotado esa vía que la ley le confiere para hacer valer sus derechos, corresponde denegar la tutela por subsidiariedad, pues la accionante no agotó ese medio legal en forma oportuna, pretendiendo erróneamente utilizar el amparo para suplir esa omisión.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i
- concedió en parte
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- Fragmento 17
- “recurso de amparo constitucional”.
- “accionante”
- III.3. El caso de autos
- Fragmento 21
- incidente de nulidad
- REVOCAR