Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0443/2010-CA
Fecha: 05-Jul-2010
en los casos en que un recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad sea planteado en ejecución de sentencia
En consecuencia, en los casos en que un recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad sea planteado en ejecución de sentencia, sea a solicitud de partes o de terceros, al no darse los presupuestos mínimos de procedencia y existir un límite legal, tal como se explicó precedentemente, corresponde su rechazo, debiendo proseguir la fase de ejecución de la sentencia dictada en el proceso respectivo. Así lo señaló este Tribunal citando al efecto el AC 0337/2010-CA de 15 de junio.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- 1)
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- Fragmento 5
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- por una sola vez
- el derecho a la ejecución de las sentencias y resoluciones ejecutoriadas
- el razonamiento en el presente Auto, constituye una mutación de lo expresado en el Auto Constitucional 0483/2002-CA
- en los casos en que un recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad sea planteado en ejecución de sentencia
- Fragmento 13
- en su calidad de terceros interesados dentro del proceso ejecutivo,
- APROBAR,