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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0465/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0465/2010-R

    Fecha: 05-Jul-2010

    4)

    4) Indica el recurrente, que celebrada la sesión de constitución ordinaria de Tribunal el 24 de noviembre de 2007, y no habiéndose constituido el mismo, se señaló audiencia para constitución extraordinaria para el 1 de diciembre del mismo año, sin que fuese notificado con la concesión de señalamiento de audiencia para conocer el fondo de su solicitud referida a su derecho a la libertad. 

    • recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad
    • 1)
    • 2)
    • 4)
    • 5)
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • i)
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
    • “recurso de
    • reparador
    • corpus traslativo o de pronto despacho
    • III.4.La celeridad en las actuaciones procesales y el hábeas corpus       traslativo o de pronto despacho
    • III.3
    • III.5. El principio de celeridad y la dilación indebida en la tramitación de la solicitud de la cesación de la detención preventiva
    • las solicitudes de cesación de detención preventiva
    • celeridad
    • III.9. Análisis del caso denunciado

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