Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0494/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
Fragmento 5
El abogado y a la vez recurrente, se ratifica en el tenor de su demanda; asimismo, manifiesta que de buena fe sometió su derecho propietario legalmente registrado en Derechos Reales (DD.RR) el 18 de mayo de 1995, a todas las normas y reglamentos existentes en la Alcaldía de Sacaba para la aprobación de sus planos, remitiéndose a las Resoluciones que señala en su memorial de amparo que vulneraron los derechos ya mencionados.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente”
- a)
- b)
- d)
- II.1.
- II.4.
- II.5
- objeto
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3. Presunción de legitimidad de los actos administrativos
- III.4. Problemática del caso concreto
- no siendo necesario agotar ésta, para luego recién interponer el amparo constitucional
- APROBAR