SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0494/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
procedente”
Concluida la audiencia el Juez de garantías, pronunció Resolución de 14 de diciembre de 2006 (fs. 225 a 228.) declarando “procedente” el recurso respecto a Wálter Robert Terán Villarroel, Guido Mejía Ojalvo, José Hilarión Vargas Heredia, Claudio Antonio Arévalo, Consuelo Beatriz Soria, Gabriel Céspedes Rojas, Antonieta Méndez de Baldivieso, Norah González Saavedra, Luis Orellana Rojas y Policarpio Quinteros Zambrana, Alcalde y Concejales, respectivamente; e improcedente respecto a Oscar Edwin Angulo Ortuño y José Félix Mendieta Villarroel, disponiendo la nulidad de la RTA 65/2006 de 27 de enero, nula la Resolución del Concejo Municipal 024/2006 de 23 de mayo; vigente la RTA 556/2004 de 22 de octubre; en base a los siguientes fundamentos:
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- Fragmento 5
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- procedente”
- a)
- b)
- d)
- II.1.
- II.4.
- II.5
- objeto
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “accionante”
- III.3. Presunción de legitimidad de los actos administrativos
- III.4. Problemática del caso concreto
- no siendo necesario agotar ésta, para luego recién interponer el amparo constitucional
- APROBAR