SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
1)
Con esos antecedentes, los recurrentes interponen recurso de amparo constitucional contra Dionisio Velásquez Rentería y Ronald Cortez Castillo, Director de Finanzas y Jefe de la Unidad de Recaudaciones, respectivamente, del Gobierno Municipal de La Paz; solicitando se declare procedente el recurso, disponiendo: 1) Se deje sin efecto la circular SB/IAJ/D-41144/2006 de 12 de diciembre, emitida por la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, donde ilegalmente se dispone la remisión de los fondos retenidos por el Banco BISA S.A. hacia el Gobierno Municipal de La Paz; 2) Se ordene la inmediata suspensión de la ejecución tributaria, además, se acepte constituir garantías reales a favor del Gobierno Municipal de La Paz; y, 3) Se disponga la inmediata liberación de las cuentas bancarias en el Sistema Financiero Nacional.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1 En cuanto a la observancia del principio de subsidiariedad en el caso presente
- Art. 3°
- III.4.
- APROBAR