Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0499/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
Los recurrentes alegan la vulneración de los derechos de la institución a la que representan, a la salud, a la defensa, de la garantía al debido proceso, y los principios de irretroactividad de la ley, primacía de la Constitución y jeraquía normativa, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y k), 8 inc. a), 16.II y IV y 33 de la CPEabrg; 199 del CSS; 481 de su Decreto Reglamentario; 1, 2, y 3 del DS 20214 de 27 de abril de 1984.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1 En cuanto a la observancia del principio de subsidiariedad en el caso presente
- Art. 3°
- III.4.
- APROBAR