SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0524/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0524/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

1)

La Jueza de Instrucción de Cotoca, autoridad correcurrida, presentó informe escrito el 10 de enero de 2007, cursante a fs. 22 y vta., mediante el cual señaló: 1) El 18 de mayo de 2006, emitió providencia de señalamiento de audiencia para el 25 del mismo mes y año, a objeto de considerar la cesación de la detención preventiva del imputado Widen Durán Rosales, evidenciándose de las diligencias que cursan en el expediente, que las partes fueron debidamente notificadas; y se llevó dicho acto procesal en la fecha señalada, habiendo dictado en dicha audiencia el Auto por el cual dispuso medidas sustitutivas de presentación periódica, prohibición de salir del país y fianza personal; Resolución que fue notificada a las partes, inmediatamente de concluida la audiencia; 2) De acuerdo con los datos del proceso se evidencia que, el recurrente no presentó memorial alguno antes de que se lleve a cabo la audiencia indicada y mucho menos, señaló domicilio procesal, por lo que las diligencias fueron practicadas en el tablero judicial; 3) El recurrente planteó recurso de apelación incidental contra el Auto de 25 de mayo de 2006, el que fue rechazado por Auto de 12 de junio del mismo año, toda vez que, se encontraba vencido el término para apelar, de acuerdo a lo establecido por el art. 251 del CPP; y 4) Al presente, el proceso se encuentra con acusación formal, habiendo sido remitido ante el Tribunal de Sentencia de Turno el 30 de septiembre de 2006, y al no haberse cometido ningún acto u omisión indebida y tampoco haber vulnerado el derecho a la defensa del recurrente, corresponde declarar la improcedencia del recurso.