Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0549/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.3.
II.3. Habiéndose remitido los antecedentes ante la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, ésta confirmó la Sentencia 280/2005, mediante Resolución 026/2006 de 13 de febrero (fs. 83 a 85 vta.), contra la cual ambas partes interpusieron recurso de casación (fs. 93 a 95 vta; 98 a 101 vta.); dichos recursos, fueron concedidos por Auto de 15 de abril de 2006 (fs. 106 vta.); actuado procesal que fue notificado al Gobierno Municipal de La Paz, mediante cédula dejada en el domicilio procesal señalado (fs. 107).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- deniega
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.4.
- III.5.
- APROBAR