SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0574/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, denuncian la vulneración de los derechos de sus representados a la seguridad jurídica, a reunirse y asociarse para fines lícitos y al trabajo, señalando que utilizando la Ley del Ejercicio Profesional de la Ingeniería y el DS 26582, que regulan el ejercicio profesional en las ramas de la ingeniería, se pretende desconocer la existencia de entes colegiados en sus diferentes especialidades, por cuanto se les constriñe a afiliarse obligatoriamente a la SIB, interfiriendo con la obtención de nuevas personalidades jurídicas, obstaculizando el desarrollo de sus labores específicas e impidiendo la afiliación a la Federación de Profesionales de Santa Cruz, habiendo el Departamento Jurídico de la Prefectura negado, otorgarles personalidad jurídica, mientras no se afilien a la SIB. En revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- no constituyen en desconocimiento o vulneración del derecho a la libre asociación
- no constituye una violación del derecho al trabajo
- seguridad
- un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso de autos
- denegado
- APROBAR