Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve APROBAR la Resolución de 20 de enero de 2007 cursante de fs. 248 a 250 vta., pronunciado por el Juez Primero de Partido Mixto y de Sentencia de Sacaba del Distrito Judicial de Cochabamba; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada, con la aclaración de que no se ingresó al análisis de fondo de la problemática planteada.
- recurso de
- 4)
- 5)
- i)
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 2)
- 6)
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- I.3.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- 1)
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre la ejecución de las Sentencias Constitucionales y las Resoluciones pronunciadas para su cumplimiento.
- resolver las incidencias de la ejecución".
- III.4.La inidoneidad de la acción tutelar ante el incumplimiento de resoluciones emanadas de una acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto
- III.5. El caso en examen
- concedió
- improcedente"
- APROBAR