SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0592/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
1)
1) Ante su Juzgado, los ciudadanos Eduardo Quispe Chambi, Epifanio Condori y Avelina Quispe Guzmán, presentaron el trámite voluntario de rendición de cuentas contra Teodoro Tarqui Chambi, ahora recurrente, a quien se lo notificó legalmente sin que se hubiera opuesto a la rendición de cuentas, ni opuesto excepciones, habiendo presentando únicamente por su parte observaciones a la personería de los demandantes, que se tramitaron en la vía incidental en la que se pronunció Resolución y que no fue impugnada por el recurrente, a quien por equidad se le otorgó además del primer plazo de ocho días para que presente lo impetrado, un plazo adicional de setenta y dos horas.
El recurrente, actual accionante, denunció que las autoridades recurridas, ahora demandadas, vulneraron su derecho a la libertad, toda vez que dentro del proceso voluntario de rendición de cuentas seguido en su contra: 1) Fue aprehendido con un mandamiento de apremio para ser ejecutado con allanamiento y habilitación de días y horas inhábiles, pese a no cursar ninguna resolución expresa que ordene librar el mandamiento con esas facultades; 2) No obstante que el mandamiento librado en su contra ordenaba que fuera conducido al despacho de la Jueza recurrida, el funcionario policial codemandado le condujo a la carceleta donde fue recibido por el -demandado- encargado de la carceleta quien no verificó previamente si el mandamiento ordenaba su encarcelamiento. En consecuencia, corresponde analizar en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- b)
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR