Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0592/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
3)
3) Paralelamente sin perjuicio de lo dispuesto, ante el desobedecimiento del recurrente a órdenes judiciales, a fin de que se decidiera su situación jurídica, dispuso la remisión de antecedentes al Ministerio Público a objeto de que investiguen y en su caso acusen de acuerdo a la norma penal, Resolución con la que fue notificado el 18 de febrero de 2008, presentando el memorial de 20 del mismo mes y año, planteando recurso de reposición bajo alternativa de apelación que fue concedido, y del que se ha declarado la caducidad por no haber provisto los recaudos de ley.
- hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- b)
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR