Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0592/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
4)
4) Que efectivamente libró el mandamiento de apremio contra el recurrente, para que se presentara en su despacho, sin facultad de allanamiento y como lo sostiene el recurrente no se allanó ningún domicilio sino que voluntariamente fue a la carceleta, y al ser puesto a su conocimiento y verificar que no presentó la rendición de cuentas dispuso su libertad, siendo también evidente que no se ha dejado sin efecto la orden de expedirse el mandamiento de apremio, toda vez que la parte demandante nuevamente ha solicitado se libre otro mandamiento que ha sido ordenado pero que aún no se ha librado.
- hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- b)
- procedente
- I.3 Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3.
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR