SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0598/2010-R
Fecha: 12-Jul-2010
II.2.
II.2. Luego de la declaración informativa policial del recurrente, en fecha 16 de julio de 2007, se presentó la imputación formal contra este, habiéndose llevado a cabo la audiencia de medidas cautelares el 17 de julio de 2007, tal cual consta de fs. 16 a 19. Audiencia en la cual el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Villamontes, dispuso su detención preventiva, por cuanto el imputado en libertad podría obstaculizar la averiguación de la verdad, influir negativamente sobre los demás participantes del hecho y existiendo los peligros procesales de fuga y obstaculización, disponiendo la detención preventiva en la carcel de Villamontes en cumplimiento del art. 237 del CPP. En la misma fecha se expidió mandamiento de detención preventiva en contra del accionante de fs. 20.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Ricardo Hinojosa Medrano y Adalberto Gutierrez Tapia, Jueces Tecnicos del Tribunal de Sentencia de las provincias Hernando Siles y Luis Calvo todos del Distrito Judicial de Chuquisaca; y Manuel Estrada Valdiviezo Juez de Instrucción Mixto y Cautelar de Villamontes del Distrito Judicial de Tarija y José Antonio Cavero Valdez Fiscal de Sustancias Controladas de Yacuiba,
- Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Villamontes
- Fiscal de Sustancias Controladas,
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden
- accionante'
- III.2
- Primer supuesto
- Segundo Supuesto:
- Tercer supuesto:
- es indebidamente procesada
- a no ser que se constate que a consecuencia de las violaciones invocadas, se colocó al accionante en absoluto estado de indefensión, lo que no le permitió impugnar los supuestos actos ilegales y que recién tuvo conocimiento del proceso al momento de la persecución o la privación de la libertad"
- la causa directa de la detención preventiva del accionante, es el mandamiento de detención preventiva de fecha 17 de julio de 2007, librado por el Juez de Instrucción Mixto y cautelar de Villamontes
- 19 de marzo de 2008,
- APROBAR