Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0600/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.2.
II.2. Del resultado del arqueo realizado por el Jefe del Departamento Nacional de Auditoria Interna de la CPS, requerida por la Administradora Médico departamental de La Paz, se evidencia un faltante de Bs48284,59.- (cuarenta y ocho mil doscientos ochenta y cuatro 59/100 bolivianos), en el arqueo realizado a la caja de esa administración por las recaudaciones efectuadas el 15 de septiembre de 2006 (fs. 5).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Funcionarios recurridos y petitorio
- 1)
- a)
- denegaron
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 16
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3.Las lesiones al debido proceso cometidas en procesos administrativos abren la competencia de esta jurisdicción
- III.4. Sobre los cuerpos normativos que regulan la actividad administrativa de la Caja Petrolera de Salud
- estará bajo la responsabilidad de los encargados de caja
- III.5. Del caso de análisis
- sanción de destitución del cargo que venía desempeñando como Cajero de la sección Caja de la Administración Departamental La Paz
- APROBAR