SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0619/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

Fragmento 24

De lo transcrito, se concluye que el cumplimiento de esta exigencia no se reduce a enumerar artículos, hechos o actos jurídicos u omisiones, sino que resulta indispensable explicar desde el punto de vista causal, cómo lesionan el derecho fundamental invocado, y para ello, se debe explicar correctamente los hechos, identificar y expresar con precisión cuáles son los derechos o garantías que se consideran vulnerados y el nexo de causalidad entres éstos; ante su incumplimiento, sin trámite alguno, corresponde su rechazo.