SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0621/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, solicita la tutela de los derechos de la empresa que representa a la “seguridad jurídica”, a la defensa y de la garantía al debido proceso, por cuanto el Juez recurrido, hoy demandado, haciendo una errónea interpretación de los arts. 139, 140, 141, 142 y 509 del CPC y 12 de la LAC, actuando en forma arbitraria, admitió y posteriormente, declaró probada la excepción de arbitraje, ignorando que fue presentada fuera de término; extremos en los que también incurrieron los Vocales demandados, al confirmar las decisiones del inferior. Consiguientemente, corresponde analizar en revisión si los hechos reclamados se encuentran dentro del ámbito de protección que otorga la presente acción.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegando
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Sobre los Autos de 1 de octubre de 2004; 30 de marzo y 23 de abril de 2005
- requisitos de forma
- APROBAR