SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0622/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0622/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

En cuanto a la exigencia de precisar el petitorio

En cuanto a la exigencia de precisar el petitorio del recurso o acción de amparo, es decir, la tutela solicitada, la indicada SC 0365/2005-R, señaló que:         ”…la causa de pedir contiene dos elementos: 1) el elemento fáctico que está referido a los hechos que sirven de fundamento al recurso; 2) el elemento normativo, es decir, los derechos o garantías invocados como lesionados por esos hechos, que deben ser precisados por el recurrente… . Por principio general, el juez de tutela, está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido; esto muestra la enorme importancia que tiene el petitium de la causa, pues, el juez está vinculado a la misma; esto es, deberá conceder o negar el petitorio formulado…con ciertas excepciones claro, que no se dan en el caso de autos (las negrillas nos corresponden).