SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0629/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0629/2010-R

Fecha: 19-Jul-2010

5) En cuanto a los recursos administrativos utilizados y al cuestionamiento de la competencia de la autoridad encargada del proceso administrativo

Indica también el recurrente que, interpuso recurso de revocatoria, mediante el cual se denunció la tramitación viciada de nulidad del proceso administrativo, por haberse desarrollado en sujeción a normas inaplicables, concretamente por aplicarse los Decretos Supremos 23318-A y 26237, en clara inobservancia de la Ley del Servicio de Relaciones Exteriores y de su Reglamento Orgánico, DS 24037.

Continúa su exposición, señalando que hizo notar en su recurso de revocatoria que el DS 26237, que la autoridad utilizó como ley aplicable al caso de autos, en su art. 1 .II   primero numeral II), establece el Servicio Exterior se rige por su ley especial aplicable y que la Ley del Servicio de Relaciones Exteriores, concordante con el DS 24037, establecen una “Junta de Procesos Administrativos como Tribunal para la Sustentación de Sumarios y Procesos Administrativos de los Funcionarios Diplomáticos y empleados Administrativos por la transgresión a las Normas de la Ley del Servicio Exterior, sus Reglamentos y otras disposiciones legales”, junta que se rige por un reglamento especial normado por el DS 25045.