Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0671/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición de los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la Ley del Tribunal Constitucional, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 040/2007 de 16 de febrero, cursante de fs. 59 a 61 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; y en consecuencia CONCEDE la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Motivación de las Resoluciones y principio de congruencia
- Fragmento 15
- incisos b) y c) del Reglamento Específico de Administración de Personal
- APROBAR