Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0671/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
Fragmento 3
El recurso de amparo constitucional está dirigido contra José Luis Dabdoub López, María Teresa Rivero de Cusicanqui y Guido Chávez Méndez, Consejeros de la Judicatura; solicitando se declare “procedente” el recurso, disponiéndose la anulación de la Resolución 340/2006 de 11 de octubre, debiendo pronunciarse una nueva que guarde la claridad, fundamentación y coherencia, observando las pruebas y disposiciones legales transgredidas y suprimidas en los hechos, mas aun cuando en otro caso similar, de acuerdo a la Resolución 086/2003, el Consejo de la Judicatura revocó la Resolución apelada, declarando improbada la acusación.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Motivación de las Resoluciones y principio de congruencia
- Fragmento 15
- incisos b) y c) del Reglamento Específico de Administración de Personal
- APROBAR