Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0676/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
II.7.
II.7.La Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, por Resolución 289/06 de 21 de agosto de 2006, anuló el Auto de concesión del recurso de apelación, de 18 de marzo del mismo año, alegando que el mismo fue presentado extemporáneamente, por cuanto los ejecutados fueron notificados con la Resolución 305/2005, el 16 de noviembre de 2005, a horas 17:20 (fs. 60).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. En cuanto a la seguridad jurídica
- Fragmento 20
- III.4.Análisis del caso
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- REVOCAR