Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0686/2010-R
Fecha: 19-Jul-2010
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
El recurrente considera que se lesionaron sus derechos a la "seguridad jurídica", a la defensa, a que se le designe un abogado defensor de oficio y la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.II, III y IV de la CPEabrg, 11 de la DUDH y 8 del Pacto de San José de Costa Rica.
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- Fragmento 18
- III.3.
- inviolable derecho a la defensa,
- III.4. El caso específico
- 2º