SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0695/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0695/2010-R

Fecha: 26-Jul-2010

denegó

La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, a través de la Resolución 16/2007 de 9 de marzo, cursante a fs. 237 a 239 vta.,  denegó el amparo interpuesto, sin costas por ser excusable, con el fundamento de que el recurrente una vez que fue notificado con la Resolución 134/05 en septiembre de 2006, no interpuso los recursos que le franquea la Ley de Procedimiento Administrativo, pues no planteó recurso de revocatoria ni el recurso jerárquico, consiguientemente primero debe agotar las instancias señaladas en los arts. 20 y 34.II del Estatuto Orgánico de la Universidad Mayor de San Andrés, en aplicación del principio de subsidiariedad.