Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0696/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
amparo constitucional,
En revisión la Resolución de 27 de marzo de 2007, cursante de fs. 174 a 176, pronunciada por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Mario Severich Bustamante contra José César Cartagena Miranda, Fiscal de Distrito; y César Salinas Otalora, Fiscal de Materia de Cochabamba, alegando la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, de petición, a los principios de legalidad, al juez imparcial y a la tutela judicial efectiva, sin citar ninguna norma constitucional.
- amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Sobre la legitimación activa de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR